Letra de Cambio: Qué es, Aceptación, Vencimiento, Pago, Más

Letra de cambio

La letra de cambio es un título valor por medio del cual una persona llamada  librador o girador da la orden a otra llamada librado o girado para que pague una  cantidad de dinero determinada a otra persona que es el tenedor o beneficiario.  Por esto, es necesario que el librado o girado acepte cumplir con esta orden.

La aceptación de la letra de cambio

La aceptación consiste en la manifestación de voluntad de parte del librado de llevar a cabo el pago que se ordena en la letra de cambio a su vencimiento y al aceptarla, asume esta obligación.

Existe la posibilidad de que el librado no acepte, sin embargo, hay que tener en cuenta que la negación no anula la letra y que el beneficiario puede actuar contra el librador, endosantes y avalistas, si es que los hay.

También es posible que el librado solicite que le presenten la letra al día siguiente, esto puede ocurrir cuando no está seguro y quiere consultar si realmente le corresponde dicha obligación, otra alternativa es que no acepte pagar todo el monto sino una parte de él.

Una vez que acepta puede cambiar de opinión y tachar la aceptación antes de devolverle el título al tenedor, lo que significa que se rehúsa y no acepta.

Cuando el librado acepta, debe manifestar esa aceptación en la letra con la palabra acepto o cualquier palabra equivalente, junto a su firma en la cara anterior de la letra, y debe ser pura y simple sin ninguna condición.

En ciertos casos la fecha de aceptación debe colocarse si la letra debe  presentarse a su aceptación para fines de contar el tiempo de su vencimiento o cuando su vencimiento se relaciona con la fecha de aceptación, de resto, la fecha no es necesaria.

Vencimiento de la letra de cambio

A día fijo

A día fijo significa que la letra  se vence en el plazo que indica la misma.

 
Letra de cambio a la vista (presentación al pago)
  • La letra de cambio vence al presentarla para su cobro, es pagadera a su presentación.
  • La presentación, el pago y el vencimiento coinciden u ocurren al mismo tiempo.
  • El cómputo de los 6 meses que otorgan para que la letra se presente al cobro se hace desde la fecha de emisión de la letra.
  • El portador decide cuanto presentarla dentro del plazo otorgado por la ley.
Presentación a cierto término vista (presentación a la aceptación)
  • La letra de cambio vence al finalizar el término que se empieza a contar a partir de la fecha de su presentación y aceptación.
  • Solo coinciden la presentación y aceptación, el pago es posterior.
  • El término se cuenta a partir de la aceptación de la letra, de faltar esta fecha, se cuenta desde el último día del lapso otorgado presentarla.

 

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