DERECHO MERCANTIL

Sociedad de responsabilidad limitada: Qué es y Característica

Sociedad de responsabilidad limitada – s.r.l

La sociedad de responsabilidad limitada es la persona jurídica y comerciante que se caracteriza porque la responsabilidad se limita al monto de  los aportes establecidos en el  contrato social.

Las obligaciones están garantizadas por un capital determinado y este capital está dividido en cuotas de participación y no en acciones, no pueden estar representadas por acciones o ningún título negociable, el capital tiene un mínimo exigido por la ley.

Características de la sociedad de responsabilidad limitada 

  • La sociedad responde con todo su patrimonio frente a sus acreedores, pero los socios tienen la responsabilidad limitada al monto del aporte que está establecido en el documento legal de su constitución.
  • La sociedad de responsabilidad limitada entre la categoría de sociedad de capital porque lo que importa es el aporte hecho por el socio más que su condición personal.
  • Es una sociedad destinada a las pequeñas y medianas empresas y tiene un origen alemán.
  • Cómo parte de una compañía de esta naturaleza, se cuenta con seguridad jurídica y patrimonial al saber que los bienes propios estarán protegidos de cualquier acción por estar garantizados solamente por el monto aportado.

Constitución

Contrato de sociedad otorgado por   documento público o  por documento  privado inscripción en el registro mercantil con requisitos de la ley.

Denominación social

Nombres de   personas, cosas, o de fantasía con palabras relacionadas al objeto, con mención completa o abreviada del tipo de sociedad p.ej. s.r.l

Administración

 La sociedad de responsabilidad limitada puede ser  administrada por  una o más personas que pueden o no ser socios.

Al igual que otras sociedades los administradores de la sociedad de responsabilidad limitada tienen algunas restricciones como no pueden hacer operaciones por su propia cuenta o la de un tercero en los negocios que realiza la compañía. Tampoco pueden tener intereses en otra sociedad que explote la misma rama de negocios.

Disolución

Causas genéricas y muerte, interdicción, o inhabilitación de alguno de los socios salvo previsión en contrario. Las cuotas de participación pueden pasar a ser de una sola persona.

Ver también

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